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  • Foto del escritorDra. Molla del Castillo

Qué es un Amparo de salud y para que sirve?

Actualizado: 27 mar 2020

El amparo de salud es un proceso judicial que se utiliza para obtener una solución rápida ante la vulneración de derechos y garantías constitucionales (EN ESTE CASO LA SALUD) por actos u omisiones de los organismos públicos y/o de los particulares.

Esta acción es admisible siempre que no haya otra vía judicial más idónea para restablecer el derecho afectado, y puede recurrir a ella cualquier persona que sienta que le están vulnerando un derecho.

¿Para qué sirve un amparo de salud?

El recurso de amparo de salud es la medida más eficaz y rápida para proteger tu derecho a la salud si está siendo amenazado por demoras, negación de servicios o incumplimientos por parte de tu obra social o prepaga.


¿Cuándo es procedente un amparo de salud?

Si no estás recibiendo las prestaciones que por ley te debe dar tu Obra Social o Prepaga, debes hacer, antes de iniciar el amparo, un reclamo administrativo mediante una nota que deberás presentar ante tu Obra Social/Prepaga. Recordá que siempre debe quedarte una copia con la firma y fecha de recepción de la misma.

Si habiendo realizado estos trámites no se da una solución, podés acudir a la acción de amparo de salud a través de un abogado especialista en el tema.


¿Quién puede interponer un amparo de salud?

Cualquier persona que vea amenazado su derecho a la salud puede interponer un amparo con el patrocinio de un Abogado. En caso que la persona a quien se le está afectando su derecho a la salud no pueda iniciar el amparo por no encontrarse en condiciones de poder hacerlo, sus representantes (hijos/padres/curador) podrán tramitarlo acreditando tal carácter.


¿Qué documentación se necesita para iniciar el amparo de salud?


Para poder iniciar el reclamo ante la justicia se necesitan los siguientes documentos:


  1. Copia de DNI del paciente y credencial de afiliado.

  2. Copia de la partida de nacimiento (en caso que el reclamo lo inicie el padre o hijo del paciente)

  3. Copia de la partida de matrimonio (en caso que el reclamo lo inicie el cónyuge del paciente)

  4. Certificado Médico actualizado y expedido por el médico tratante en el que surja la indicación médica del tratamiento, droga o prestación que debe recibir el paciente.

  5. Estudios y/o certificados médicos relacionados con la patología en caso de poseerlos en su poder


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