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  • Foto del escritorDra. Molla del Castillo

Qué es el PMO (Programa Médico Obligatorio)?

El Programa Médico Obligatorio (PMO) es una canasta básica de prestaciones y medicamentos que las Obra Sociales y Prepagas están obligados a otorgar a sus afiliados.

Dentro de este programa se encuentran incluidas las siguientes prestaciones, entre otras:

  • medicina preventiva y ambulatoria

  • cobertura de las madres durante el embarazo y el parto

  • cobertura de los niños durante el primer año de vida

  • visitas programadas a consultorio

  • Emergencias, internación, cirugía de menor y mayor complejidad

  • Salud mental

  • Odontología

  • prácticas kinesiológicas y fonoaudiológicas de rehabilitación

  • Cobertura del 40% del costo de los medicamentos y del 100% durante la internación

  • Cobertura del 100% de los medicamentos oncológicos, hemodiálisis y diálisis

  • Cobertura del 70% en medicamentos para patologías crónicas, como diabetes, hipertensión, insuficiencia cardíaca, hipercolesterolemia, enfermedad coronaria, epilepsia, asma y otras.


Qué sucede si una Obra Social o Prepaga no quiere cubrir al afiliado alguna de las drogas/prestaciones/tratamientos establecidos en el PMO?

En este caso, la Obra Social o Prepaga estaría infringiendo con la ley. La manera para que una Obra Social o Prepaga otorgue una prestación que debe ser cubierta conforme al PMO es haciendo una nota a la prepaga intimando a la cobertura de la prestación/droga/tratamiento y en caso que la empresa mantenga su posición del rechazo del otorgamiento, se debe iniciar una demanda judicial llamada Acción de Amparo para solicitarle al Juez que obligue a la Obra Social o Prepaga a que en forma inmediata otorgue dicha prestación.









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